Parece mentira, pero es cierto. Tanto el Ministerio de Ciencia e Innovación, como el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en su Resolución nº 262, de fecha 28/7/2020, consideran que dichos estudios y recursos son información auxiliar o de apoyo, y por tanto, al amparo de la causa de inadmisión del artículo 18.1.b) de la Ley 19/2013, de transparencia, no se puede acceder a dicha información.
El caso es el siguiente. Una persona solicita al referido Ministerio una copia de todas y cada una de las versiones disponibles del documento al que el CSIC (Centro Superior de Investigaciones Científicas) se refiere en esta nota de prensa, concretamente, el informe elaborado por la Vicepresidencia Científica y Técnica del CSIC, que se distribuyó el pasado 22 de marzo para comunicar a los investigadores del organismo los estudios y recursos que se habían puesto en marcha en el CSIC para combatir el coronavirus.
El Ministerio de Ciencia y Tecnología denegó el acceso por este motivo:
«(…) al entender que el contenido de esa nota de prensa se refiere a un documento interno de trabajo del propio CSIC, de carácter informativo y para coordinación dentro del organismo sobre diferentes aspectos vinculados con el ingente proceso iniciado y en marcha, así como, para profundizar en la coordinación de la logística necesaria que permita hacer frente a la emergencia, sin que haya trascendido a otras instituciones del Gobierno. Asimismo, incide en que el CSIC no estudió entonces el alcance epidemiológico del virus, por lo que el organismo no emitió ningún informe al respecto (…)».
Por su parte, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ratifica la decisión administrativa con este razonamiento:
«(…) los documentos solicitados tienen un ámbito exclusivamente interno, que no pretenden objetivar y valorar aspectos relevantes de la pandemia que deban ser informados al público o a otras instituciones del Gobierno. En este sentido, se trataría de un documento interno, dirigido a los trabajadores del Organismo (…) consideramos que sus contenidos, aunque sean relativos a una materia tan relevante como la lucha contra la Covid-19, tienen la condición de información o documentación de carácter auxiliar o de apoyo (…) van destinados a la adopción de medidas internas de organización y coordinación logística de tal manera que el CSIC pueda realizar un mejor uso de los recursos que le son propios (…) dada la naturaleza interna del documento, no apreciamos una conexión con el proceso de toma de decisiones y, sobre todo, con algo que pueda mínimamente calificarse como posición pública oficial- en este caso del CSIC- que pueda eludir la calificación de información auxiliar o de apoyo (…)».
Y la pregunta es obligada. ¿Tampoco se aprecia una conexión respecto a «cómo se manejan los fondos públicos»?. Lo digo porque, según el primer párrafo del Preámbulo de la Ley 19/2013, de transparencia, la finalidad de la misma, no es solo conocer «el proceso de toma de decisiones», sino también «cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones», aunque no hayan tomado una concreta decisión oficial, como ocurre en el caso que comentamos.
En mi opinión, aunque el informe elaborado por la Vicepresidencia Científica y Técnica del CSIC, solo se distribuyera internamente a los investigadores del organismo y no haya servido para tomar ninguna decisión por parte del Gobierno o dirigida a los ciudadanos, no se trata de una información auxiliar o de apoyo, ya que su conocimiento tiene un indudable interés público y resulta esencial para que los ciudadanos podamos conocer cuáles son los estudios y los recursos que se habían puesto en marcha en el CSIC para combatir el coronavirus, en definitiva, qué actuaciones se estaban realizando desde el CSIC.
No hay que olvidar que dichos estudios y recursos están financiados o pagados con dinero público, y por lo tanto, las personas tenemos derecho a saber «cómo se manejan los fondos públicos», sobre todo, los relativos a la lucha contra la Covid-19.